La DGT cambia las reglas de los patinetes eléctricos: lo que será obligatorio desde octubre
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La DGT cambia las reglas de los patinetes eléctricos: lo que será obligatorio desde octubre

Itsaso Aurrekoetxea Jover

Periodista
19 de septiembre de 2026 - 08:00

Los usuarios de patinetes eléctricos y otros Vehículos de Movilidad Personal (VMP) tendrán que adaptarse a nuevas obligaciones a partir del próximo 1 de octubre de 2026. Ese día entra en vigor la reforma del Reglamento General de Circulación aprobada por el Gobierno, que introduce un marco estatal más amplio para estos vehículos.

Ante la proximidad de la fecha, algunos ayuntamientos y cuerpos de Policía Local de la Marina Alta han comenzado a difundir las novedades a través de sus redes sociales y canales de información. Las policías locales como en Calp y Xàbia, están recordando a los usuarios qué cambiará y qué normas deben cumplir al circular.

Edad mínima de 15 años y casco obligatorio

Uno de los principales cambios será el establecimiento de una edad mínima de 15 años para conducir un VMP. La reforma también establece el uso obligatorio del casco de protección para los conductores de estos vehículos. Según la Dirección General de Tráfico (DGT), incumplir esta obligación constituye una infracción grave y conlleva una multa de 200 euros.

Otra de las novedades afecta a la visibilidad. Los usuarios deberán utilizar elementos reflectantes en horario nocturno o cuando existan condiciones de escasa visibilidad. La DGT resume esta medida indicando la obligatoriedad del chaleco reflectante durante la noche o en situaciones de escasa visibilidad. Para los profesionales que utilizan un VMP durante su actividad laboral, como los repartidores, el chaleco de alta visibilidad deberá utilizarse en todo momento.

Luces siempre encendidas, con un periodo de adaptación

Los VMP también deberán circular con el alumbrado encendido permanentemente. Sin embargo, la reforma establece un periodo transitorio para esta obligación durante las horas diurnas.

Aunque las nuevas normas entran en vigor el 1 de octubre de 2026, la obligación de llevar las luces encendidas también durante el día será exigible a partir del 1 de octubre de 2027. Hasta entonces continuará siendo obligatorio utilizar el alumbrado entre la puesta y la salida del sol y cuando las circunstancias reduzcan sensiblemente la visibilidad.

Los usuarios tendrán, además, que señalizar con el brazo los giros y otras maniobras para advertir al resto de usuarios de la vía.

Las aceras siguen prohibidas y el límite es de 25 km/h

Las policías locales de la Marina Alta están aprovechando la entrada en vigor de la reforma para recordar otras normas que afectan a los patinetes eléctricos. Los VMP no pueden circular por las aceras y son vehículos de una única plaza, por lo que no está permitido que dos personas viajen en el mismo patinete. Su velocidad máxima por diseño es de 25 kilómetros por hora.

También está prohibido conducir utilizando el teléfono móvil o auriculares conectados a dispositivos que disminuyan la atención.

Fuera de los núcleos urbanos, la nueva regulación permitirá que los VMP puedan utilizar determinadas vías ciclistas y otras vías segregadas de los vehículos a motor, siempre que no exista una señalización específica que lo prohíba. Continúan sin poder circular por autopistas, autovías y travesías.

Registro e identificación de los patinetes

La Policía Local de Xàbia también recuerda que los VMP deben estar inscritos en el Registro de Vehículos Personales Ligeros de la DGT y disponer de la correspondiente identificación.

Asimismo, los VMP comercializados desde el 22 de enero de 2024 deben cumplir los requisitos técnicos establecidos por la DGT y contar con la correspondiente certificación. Los vehículos sin certificado incluidos en el régimen transitorio podrán seguir circulando hasta el 22 de enero de 2027.

La reforma también afecta a los ciclistas

La modificación del Reglamento General de Circulación incorpora además nuevas medidas para proteger a los ciclistas. El casco será obligatorio en vías interurbanas y los profesionales que desarrollen su actividad en bicicleta deberán utilizar casco y chaleco reflectante.

En los adelantamientos a bicicletas en vías interurbanas, los vehículos deberán mantener una separación lateral mínima de 1,5 metros y realizar un cambio completo de carril cuando exista más de un carril por sentido. Además, la maniobra deberá efectuarse como máximo a 20 km/h por debajo del límite de velocidad aplicable al tramo.

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Clasificado en: Sociedad, dgt, VMP
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