Fin de la mascarilla en interiores: todos los detalles sobre dónde será obligatoria y cuándo no llevarla Fin de la mascarilla en interiores: todos los detalles sobre dónde será obligatoria y cuándo no llevarla
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Fin de la mascarilla en interiores: todos los detalles sobre dónde será obligatoria y cuándo no llevarla

20 de abril de 2022 - 08:39

Ahora sí. Uno de los anuncios más esperados por buena parte de la sociedad desde hace meses. Aunque ya se conocía este dato, faltaba esperar a la reunión del Consejo de Ministros para conocer las especificaciones del fin de la mascarilla en espacios públicos cerrados, ya que la medida no se hace efectiva hasta después de su publicación en el BOE hoy, 20 de abril. Y esto ya es una realidad desde las 07:35 h de la mañana.

Tras dos años de uso y con la relajación progresiva de las restricciones, ha llegado el momento de prescindir todavía más del cubrebocas, aunque con excepciones. Entonces, ¿dónde seguirá siendo necesario llevarla?

Obligatoriedad de la mascarilla

  • Farmacias.
  • Centros sociosanitarios (residencias). La obligatoriedad queda reducida a los trabajadores y visitantes cuando se encuentren en zonas compartidas.
  • Transporte público. En este caso, el Decreto especifica: "Transporte aéreo, por ferrocarril o por cable, en el transporte público de viajeros y en los espacios cerrados de buques y embarcaciones, cuando no se pueda mantener la distancia de seguridad. No obstante, se ha considerado que esta obligación de utilización de la mascarilla no debe mantenerse para los andenes y estaciones de viajeros".
  • Centros sanitarios (centros de salud, hospitales...). "Por parte de las personas trabajadoras, de los visitantes y de los pacientes con excepción de las personas ingresadas cuando permanezcan en su habitación".

Dónde no llevar cubrebocas

  • Espacios al aire libre.
  • Centros de enseñanza. Tras la reunión de ministros, la Ministra de Sanidad, Carolina Darias, especificó que los centros no podrán imponer la obligatoriedad de llevar mascarilla.
  • Centros deportivos.
  • Restaurantes y comercios.
  • Espectáculos.
  • Entorno laboral. El Decreto establece: "Los responsables en materia de prevención de riesgos laborales, de acuerdo con la correspondiente evaluación de riesgos del puesto de trabajo, podrán determinar las medidas preventivas adecuadas que deban implantarse en el lugar de trabajo o en determinados espacios de los centros de trabajo, incluido el posible uso de mascarillas, si así se derivara de la referida evaluación."

Pese a la reducción del cubrebocas en interiores, Darias insistió en que es una medida de protección para los más vulnerables. Por ello, el Real Decreto especifica sobre la retirada del complemento: "Se debe valorar a nivel individual de acuerdo con la pertenencia a grupos de mayor vulnerabilidad, la vacunación y la actividad y comportamiento social que pueda incrementar los riesgos de transmisión".

Por último, se recomienda seguir usándola en eventos multitudinarios y, en privado, según el grado de vulnerabilidad ante la COVID de los participantes en las reuniones.

1 Comentario
  1. TONY W dice:

    IS THE SAFETY DISTANCE STILL IN FORCE IN SUPERMARKET CHECKOUTS


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