La Conselleria de Agricultura, Agua, Ganadería y Pesca ha convocado ayudas urgentes, dotadas con un total de seis millones de euros, para compensar los daños sufridos por las explotaciones agrícolas y ganaderas. Estas se dirigen a los municipios afectados por las inundaciones provocadas por la DANA Adam, ocurridas los días 18 y 19 de octubre. El plazo para presentar las solicitudes se extenderá desde el 2 de noviembre hasta el 1 de febrero de 2027, según lo publicado en el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV).
El Decreto 174/2026 establece las cuantías máximas de estas ayudas: hasta 6.000 euros por hectárea de regadío y 4.000 euros por hectárea de secano que hayan resultado afectadas. Para las explotaciones ganaderas o viveros que hayan sufrido daños, la ayuda máxima es de 15.000 euros.
El conseller de Agricultura, Agua, Ganadería y Pesca, Miguel Barrachina, ha señalado que «estas ayudas están dirigidas a los agricultores y ganaderos que han sufrido daños en sus cosechas, instalaciones de riego, explotaciones o animales. Queremos facilitar que puedan reparar los daños y recuperar cuanto antes su actividad».
Detalles de las ayudas y requisitos de solicitud
El decreto contempla compensaciones adicionales para explotaciones ganaderas por la pérdida acreditada de animales. Se establecen importes máximos de 1.000 euros por cabeza de ganado bovino o equino, 180 euros por porcino, 150 euros por ovino o caprino, y 150 euros por colmena perdida. Además, se fijan seis euros por ave.
Las ayudas también cubren daños en sistemas de riego, balsas, conducciones, instalaciones ganaderas y otros elementos productivos. Se incluye una ayuda específica de hasta 1.500 euros por explotación para equipamiento agrario, abarcando incluso las casetas de aperos.
Barrachina ha explicado que «los daños de una inundación van mucho más allá de una cosecha perdida. Hay agricultores que tienen que reparar sus sistemas de riego y ganaderos que necesitan reponer instalaciones o recuperar animales. Las ayudas contemplan estas situaciones para atender las necesidades de cada explotación».
Las cantidades establecidas tienen carácter máximo y se determinarán a partir de los daños efectivamente acreditados. En ningún caso podrán superar, junto con las indemnizaciones y otras ayudas recibidas por los mismos conceptos, el valor de las pérdidas subvencionables.
Podrán acceder a estas ayudas los titulares de explotaciones agrícolas y ganaderas situadas en los municipios incluidos en el decreto. Para ello, deberán acreditar daños directamente relacionados con la DANA Adam y cumplir con los requisitos establecidos. Las solicitudes deberán presentarse exclusivamente por vía electrónica.
La Conselleria de Agricultura habilitará un formulario específico en la sede electrónica de la Generalitat para tal fin. El procedimiento permitirá dictar resoluciones de concesión de manera sucesiva, conforme se comprueben los daños y se verifique el cumplimiento de los requisitos.
Estas ayudas forman parte de un decreto más amplio aprobado por el Consell, que cuenta con una dotación global de diez millones de euros. De esa cantidad total, seis millones se destinan específicamente a las explotaciones agrícolas y ganaderas afectadas por la DANA Adam.






