Calp ha puesto en marcha la convocatoria de las ayudas económicas «Bono Baby» para el año 2026, destinadas a familias con menores de 0 a 3 años. Estas subvenciones, publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante el 11 de junio, buscan apoyar la adquisición de productos infantiles de primera necesidad, al mismo tiempo que fomentan el comercio local. La ciudadanía interesada podrá presentar sus solicitudes desde el 11 de junio y hasta el próximo 30 de septiembre.
Detalles de la ayuda y requisitos de los beneficiarios
El importe máximo de la ayuda asciende a 500 euros y se destinará a cubrir gastos en productos infantiles esenciales como puericultura, ropa, artículos de farmacia y parafarmacia, y alimentación infantil. Es fundamental que estos productos sean adquiridos en establecimientos comerciales con licencia de apertura en el municipio de Calp, con el doble objetivo de beneficiar a las familias y dinamizar la economía local.
Podrán ser beneficiarias las familias con hijas e hijos nacidos o adoptados en Calp, en el rango de edad de 0 a 3 años. Se exige que al menos uno de los progenitores esté empadronado en Calp un mínimo de dos años antes del nacimiento o adopción del menor. En casos de separación, divorcio o familias monoparentales, este requisito se aplicará únicamente a quien ostente la guarda y custodia.
Además, la persona solicitante debe cumplir alguna de las siguientes condiciones económicas o laborales:
- Estar en situación de desempleo.
- Encontrarse en un Expediente Temporal de Regulación de Empleo (ERTE).
- Que los ingresos de la unidad familiar se sitúen por debajo de cuatro veces el IPREM.
Se establecen criterios específicos para determinadas situaciones familiares:
- Para familias numerosas de categoría general, familias monoparentales con menor a cargo, miembros con discapacidad de hasta el 33%, víctimas de violencia de género o jóvenes menores de 30 años, los ingresos de la unidad familiar deberán estar por debajo de 4,5 veces el IPREM.
- En el caso de personas con discapacidad superior al 33% o familias numerosas de categoría especial, los ingresos de la unidad familiar no deberán superar las 5 veces el IPREM.
Plazos y presentación de solicitudes
Los gastos subvencionables deben haberse realizado desde la fecha de nacimiento, acogida o adopción del menor hasta la fecha de presentación de la solicitud de la ayuda. Es indispensable que todas las compras se hayan efectuado en establecimientos comerciales con actividad en Calp, y se deberán aportar las facturas correspondientes como justificante.
Las solicitudes se pueden presentar de dos maneras:
- Vía telemática, a través del trámite habilitado para tal efecto.
- De forma presencial en la Oficina de Atención al Ciudadano (OAC).







