La nueva Ley de Tráfico y Seguridad Vial entra en vigor el próximo 21 de marzo, y con ella, las nuevas sanciones. Con el objetivo de reducir el número de accidentes y fallecidos en carreteras secundarias, la Dirección General de Tráfico pone en marcha la nueva campaña informativa ‘Nuevos tiempos. Nuevas normas’, con la que da a conocer las nuevas normativas de circulación y seguridad.
Con la nueva Ley, se endurecen algunas sanciones y se incluyen nuevas multas y limitaciones en carretera, pero, ¿cuáles son los cambios y las nuevas sanciones? A continuación te explicamos cómo afecta a los conductores las modificaciones más destacadas de la nueva normativa y sus multas.
Una de las modificaciones más destacadas de la nueva ley es que los vehículos no podrán rebasar la velocidad en 20km/h para adelantar en vías convencionales. Si el vehículo de delante circula a la máxima velocidad permitida, no estará permitido superar ese límite para adelantarlo. La multa será de 100 euros.
La nueva ley de tráfico modifica esta sanción matizando que el conductor será multado si conduce sujetando con la mano dispositivos de telefonía móvil, esté o no hablando. El conducir con el móvil supone una pérdida de 6 puntos (antes eran 3) y una multa de 500 euros.
Si el conductor circula sin llevar el cinturón de seguridad se expone a una pérdida de hasta 4 puntos del carnet de conducir (antes eran 3) y la multa asciende a los 200 euros. La misma sanción corresponde si no se usan los sistemas de retención infantil y demás elementos de protección o no hacerlo de forma adecuada.
Con la nueva ley de tráfico, no respetar la distancia de protección de 1,5 metros al sobrepasar a un ciclista supone una sanción de 6 puntos. Ahora, los vehículos que necesiten adelantar a una bicicleta o a un ciclomotor, tendrán que hacerlo ocupando completamente el carril contiguo si la vía tiene 2 o más carriles por sentido. Y si la vía solo tiene un carril, mantener la separación mínima de 1,5 metros.
Llevar en el vehículo mecanismos que permitan la detección de radares implicará una multa de 500 euros y la pérdida de 3 puntos. En el caso de dispositivos que puedan interferir en el radar, la penalización asciende a 6 puntos.
La nueva norma establece que los conductores de vehículos de movilidad personal, como los patinetes eléctricos, estarán obligados a utilizar casco, no podrán circular por aceras ni áreas peatonales. Al igual que el resto de vehículos, los patinetes tendrán que cumplir las normas de circulación, por lo que los conductores podrán ser sometidos a la prueba de alcoholemia y no podrán usar auriculares.
La acción de arrojar a la vía o en sus inmediaciones objetos que puedan producir incendios o accidentes también supondrá una sanción. En este caso se podrán perder hasta 6 puntos del carnet de conducir.
La recuperación de los puntos perdidos también ha sufrido cambios con la entrada en vigor de la nueva Ley. Los conductores que hayan perdido puntos por incumplimiento de normativas tendrán la oportunidad de recuperarlos siempre que pasen 2 años sin recibir nuevas sanciones de tráfico. Además, en el caso de querer contar con el saldo inicial de puntos, el conductor deberá realizar un curso de conducción segura certificado por la DGT.